De acuerdo a la normativa, la plaza de aparcamiento destinada al negocio tendrá la consideración de elemento patrimonial afecto siempre que se utilice en los fines de la actividad y no a satisfacer necesidades particulares del titular, ya que en caso de destinar la plaza tanto para uso particular como para sus empleados y clientes, tendríamos que tener en cuenta que no cabe una afectación parcial de elementos patrimoniales indivisibles.
Conforme a esto, la plaza de aparcamiento sólo tiene consideración de afecta si su utilización es exclusiva en la actividad, y será entonces cuando pueda amortizarse el precio de adquisición, debiendo excluirse -al tratarse de edificaciones- el valor del suelo.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!