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ACTIVIDADES PRIORITARIAS DEL MECENAZGO

Consulta: 

¿Cuáles son las actividades prioritarias del mecenazgo?

Respuesta corta: 

La Ley 49/2002 realiza una habilitación normativa a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de cada año para que puedan establecer una relación de actividades prioritarias de mecenazgo sobre la cuales esas Leyes de Presupuestos podrán elevar en cinco puntos porcentuales, como máximo, los porcentajes y límites de deducción establecidos en los artículos 19, 20 y 21 de la Ley 49/2002.

No obstante, se establece la doble limitación de que las actividades estén relacionadas con los fines de interés general del número 1º del artículo 3 de la Ley 49/2002 y que además los donatarios sean alguna de las entidades beneficiarias del mecenazgo establecidas en el artículo 16 de la misma.

Asimismo el régimen de mecenazgo prioritario será de aplicación a los programas y actividades relacionados con el acontecimiento de excepcional interés público que, en su caso, se determine por Ley, siempre que sean aprobados por el consorcio u órgano administrativo encargado de su ejecución y se realicen por las entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 49/2002, elevándose en cinco puntos porcentuales los porcentajes y límites de las deducciones establecidas en dichos artículos 19, 20 y 21.

Respuesta extendida: 
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Normativa: 
Artículo 22 Ley 49 / 2002 , de 23 de diciembre de 2002 .
Artículo 27 Ley 49 / 2002 , de 23 de diciembre de 2002 .
Disposición final segunda Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
ID: 
126090