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Novedades Fiscales para 2025

 

A partir del 1 de enero de 2025, España implementa diversas novedades fiscales que afectan tanto a particulares como a empresas. A continuación, se detallan los cambios más relevantes:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

 

  • Aumento del Límite Exento de Declarar: Los contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros anuales, provenientes de más de un pagador, no estarán obligados a presentar la declaración si las sumas del segundo y siguientes pagadores no superan los 2.500 euros (anteriormente, 1.500 euros).

  • Obligación de Declarar para Beneficiarios del Desempleo: A partir de 2025, todos los beneficiarios del desempleo deberán presentar la declaración de la renta, independientemente de sus ingresos.
  • Deducciones por Eficiencia Energética en Viviendas: Se prorrogan hasta finales de 2025 o 2026 las deducciones por obras de mejora energética en viviendas, con porcentajes y límites específicos según el tipo de mejora realizada.

  • Impulso a la Movilidad Eléctrica: Continúa la deducción del 15% por adquisición de vehículos eléctricos o instalación de puntos de recarga, con bases máximas de 20.000 € y 4.000 €, respectivamente, aplicables hasta el 31 de diciembre de 2025.

  • Imputación de Rentas Inmobiliarias: Se aplicará un tipo del 1,1% a inmuebles en municipios con valores catastrales actualizados desde 2012.

  • Régimen de Módulos: Límites Prorrogados: Se mantienen los límites actuales para 2025, con un volumen máximo de rendimientos de 250.000 € y operaciones con obligación de factura de 125.000 €.

  • Reducción para Rentas Artísticas Excepcionales: Se introduce una nueva deducción del 30% aplicable a rentas artísticas que superen en un 130% la media de los tres años anteriores, con un límite de 150.000 € anuales.

  • Incremento del Tipo Marginal Máximo en la Base del Ahorro: El tramo más alto de la base liquidable del ahorro (más de 300.000 €) pasa de tributar al 28% al 30%.

  • Campaña de la Renta 2025: La campaña comenzará el 2 de abril y finalizará el 30 de junio de 2025. Los trámites por teléfono podrán realizarse del 6 de mayo al 30 de junio, y de forma presencial entre el 2 y el 30 de junio, siempre con cita previa.

  • Nuevos Métodos de Pago: Se admitirán pagos mediante Bizum o tarjeta de crédito, adaptándose a la popularidad de estos métodos de pago y facilitando el proceso para los contribuyentes.

  • Exención para Propietarios que Alquilen a Menores de 35 Años: Los propietarios que alquilen a menores de 35 años pueden beneficiarse de una exención del 100% en el IRPF sobre los ingresos por alquiler, incentivando el alquiler a jóvenes.

 

Impuesto sobre Sociedades (IS)

  • Reserva de Capitalización: Se amplían los beneficios fiscales para empresas que reinviertan en capital y aumenten su plantilla, con reducciones que varían según el crecimiento de la plantilla. 

  • Tipos Impositivos para Micropymes: Se establece un nuevo tipo reducido del 17% para los primeros 50.000 € de base imponible, con el exceso tributando al 20%. Estos tipos serán progresivos hasta 2027.

  • Libertad de Amortización para Energías Renovables: Inversiones en instalaciones de autoconsumo eléctrico o térmico renovable podrán amortizarse libremente hasta 500.000 €, condicionado al mantenimiento de la plantilla.

  • Impuesto Mínimo Global del 15%: Se garantiza un tipo mínimo del 15% para grandes grupos multinacionales y nacionales, alineándose con las directrices de la OCDE.

     

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Leche Fermentada: Se aplica el IVA reducido del 4% a este producto.

  • Combustibles: Se implementan nuevas garantías para combatir el fraude fiscal en la distribución de gasóleos, gasolinas y biocarburantes

  • Arrendamientos Turísticos: Se preparan cambios para gravar este tipo de alquileres en zonas con saturación turística.

  • Reducción del Tipo Aplicable al Aceite de Oliva: Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se reduce el tipo de IVA aplicable al aceite de oliva, que pasa del 10% al 4%

Régimen Simplificado de Módulos

  • Se prorrogan los límites actuales para aplicar este régimen en 2025. El plazo para renuncias y revocaciones se amplía hasta el 31 de enero de 2025.

Factura Electrónica

  • Las plataformas de facturación deberán enviar copias fieles de las facturas al sistema público. Además, será obligatorio informar sobre el pago o rechazo de cada factura.

Medidas Adicionales

  • Compra de Viviendas por Extranjeros No Residentes: Se propone un aumento del gravamen fiscal al 100% para la compra de viviendas por parte de extracomunitarios no residentes, con el objetivo de frenar la especulación y aliviar la escasez de vivienda.

     

  • Plan de Choque contra la Crisis de la Vivienda: El Gobierno ha lanzado un plan con 12 medidas, incluyendo incentivos fiscales para propietarios que ofrezcan alquileres asequibles y regulaciones para evitar el fraude en alquileres.

Estas novedades buscan adaptarse a las necesidades actuales de la economía española, fomentando la eficiencia energética, la movilidad sostenible y abordando la crisis de la vivienda, entre otros objetivos.

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.