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Límites a la Administración tributaria para ampliar el alcance de sus actuaciones de comprobación limitada

Fachada del tribunal Supremo

Analizamos si es ajustada a Derecho la ampliación de alcance de las actuaciones notificada al obligado tributario en el mismo acuerdo de puesta de manifiesto y propuesta de liquidación

 

En relación a la posibilidad de ampliar el alcance de un procedimiento mediante comunicación realizada en la propuesta de resolución, se ha pronunciado el Tribunal Supremo (TS) en sentencia de 03-05-2022 (rec. Casación n.º 5101-2020), en los siguientes términos:

"TERCERO.- Doctrina jurisprudencial que se establece y resolución delrecurso de casación.

Es corolario de todo cuanto se ha expuesto en los razonamientos jurídicos precedentes que, a la pregunta formulada en estos términos en el auto de admisión hemos de dar la respuesta que le sigue:

En garantía de los derechos del contribuyente reconocidos en los artículos 34.1.ñ) y 137 LGT, y al margen de toda otra consideración, la Administración tributaria solo podría ampliar el alcance de sus actuaciones de comprobación limitada, con motivación singularizada al caso, en el caso de que lo comunicara con carácter previo -no simultáneo, ni posterior- a la apertura del plazo de alegaciones, siendo nulo, por lo tanto, el acto final del procedimiento de gestión de tal clase en que se haya acordado esa ampliación en momento simultáneo, o posterior, a la comunicación al comprobado de la concesión del plazo para puesta de manifiesto y para efectuar alegaciones a la propuesta de liquidación.

Por ello, es preciso declarar que ha lugar al recurso de casación en que tal pretensión invalidatoria se ejercita, con casación y anulación de la sentencia y de los actos administrativos enjuiciados en el proceso que con aquélla concluye."

 

En este caso la situación es clara y meridiana.

 

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.