Soy autónomo, registrado aquí en España ("899 - otros profesionales").
He dado varias clases en una Escuela de Negocios en el Perú y ahora les tengo que mandar una factura. No tenemos contrato formal, pero sí un acuerdo verbal sobre las actividades y montos correspondientes. Vista la relación con la Escuela hasta ahora, en un principio no existe ningún motivo para sospechar que vaya a haber problemas con el pago. Ahora, para evitar que se resta una parte del monto acordado por posibles temas de IVA locales en el Perú y/o gastos bancarios en medio, me gustaría poner algún comentario en la factura que indica que estos asuntos irían a cargo del pagador. ¿Cuál sería la mejor y más correcta manera de ponerlo en la factura? Gracias, Un saludo,
Respuesta:
A los efectos del IVA, Los servicios están sujetos pero exentos del IVA. La exención queda condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento del IVA.
Normativa/Doctrina
Artículo 22 Siete Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
Artículo 10 Real Decreto 1624 / 1992 , de 29 de Diciembre de 1992 .
Consulta de la D.G.T. 2134 - 01 , de 27 de noviembre de 2001
Por tanto en la Factura debe constar que a efectos de IVA está sujeto pero exento por tratarse de prestación de Servicios Internacionales. En el País destinatario, deberán repercutirse el IVA que les corresponda en función de su normativa Interna. Pero no le afecta a Usted. Respecto a los costes derivados de la transferencia, es usual, poner que : " los costes de transferencia o del medio de pago es a cargo del cliente".
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