En 2024 continuará la verificación por parte de la Administración tributaria del adecuado cumplimiento de la obligación de los sujetos pasivos acogidos al sistema SII (Suministro Inmediato de Información), ya sea con carácter obligatorio o voluntario, de envío de registros del SII.
La mejora de los sistemas de análisis de la información permite la ejecución de procesos de contraste de datos que facilitan la detección temprana de conductas graves de defraudación, tales como cantidades dejadas de ingresar o la presencia de economía sumergida, en la que el IVA tiene una especial relevancia.
Por otra parte, el crecimiento del comercio electrónico en los últimos años ha sido exponencial y ha generalizado la realización de compras transfronterizas.
La Agencia Tributaria ha detectado la aparición de empresas fraudulentas que aprovechan las oportunidades que les brinda el comercio electrónico a fin de obtener ventajas comerciales desleales eludiendo sus obligaciones en el IVA. Cuando es de aplicación el principio de tributación en destino en el IVA y el destinatario es un consumidor final que no está sujeto a obligaciones contables, los Estados miembros de consumo necesitan disponer de instrumentos adecuados para poder detectar estos pagos, ya que los mismos pueden ser un indicio de que el beneficiario está realizando una actividad económica no declarada.
Será de gran relevancia para el control de este fraude la información sobre pagos transfronterizos obtenida de los proveedores de servicios de pago, una vez se implemente esta nueva obligación informativa.
La utilización de personas jurídicas con la finalidad de acceder al derecho a la deducción de cuotas de IVA soportadas, cuando estén relacionadas directa o indirectamente con otras entidades cuyas actividades no generan tal derecho, es objeto de un detenido seguimiento por parte de la Administración tributaria en los casos en que se considere que las conductas o estructuras creadas son claramente abusivas o artificiosas y su única o principal finalidad sea una minoración de la tributación. Ya se han emitido informes por los que se ha declarado conflicto en la aplicación de la norma sobre estructuras de este tipo.
Más allá de la estrecha colaboración existente entre las distintas autoridades tributarias de los países de la Unión Europea y del análisis de las nuevas modalidades de fraude que puedan surgir con el nuevo escenario de la tributación de las operaciones transfronterizas, se seguirá impulsando la coordinación y gestión del control de tramas de fraude organizado en relación con el IVA a nivel nacional, tanto en lo que se refiere a su prevención como a su represión.
La estrategia nacional de lucha contra las tramas incluye como objeto de especial seguimiento las medidas de control preventivo del Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), el mayor control del censo de entidades, el control de fraude del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones intracomunitarias y en aquéllas directamente vinculadas a las primeras entregas posteriores a las importaciones referidas al material y componentes electrónicos no amparados por la inversión del sujeto pasivo. Se atenderá este 2024 adicionalmente a los servicios transmisibles, como los minutos de telefonía. En relación con tales sectores, se procederá a la detección temprana de los operadores instrumentales destinados a ocultar ventas reales a clientes finales, utilizando para ello los procedimientos previstos en la normativa de la Unión y los análisis de información y herramientas propias, como la herramienta TNA (Transaction National Analysis).
Otro control sobre las tramas de fraude al IVA intracomunitario se centra en el sector de vehículos, la Agencia Tributaria refuerza las vías preventivas mediante la supervisión del trámite de matriculación de vehículos usados procedentes de la Unión Europea y el control de los profesionales que colaboran con las tramas. Se aprovecharán en toda su extensión herramientas de gran utilidad como el acceso automatizado a EUCARIS (base de datos de información de vehículos de los Estados miembros de la Unión Europea); la comprobación e investigación combinadas de las importaciones de productos de consumo, textiles y otros con origen asiático.
Durante 2022 y 2023 la defraudación organizada en la comercialización de hidrocarburos ha sido la más activa, por lo que ha constituido la actividad principal de control de los servicios de investigación de las Dependencias Regionales. Es previsible la continuidad de estas actividades a lo largo de 2024, empujadas por los altos precios de los combustibles.
Durante 2024 seguirán llevándose los casos investigados a las autoridades judiciales o del Ministerio Fiscal competentes, se acentuará la coordinación entre los servicios de la Inspección de los Tributos y los de Vigilancia Aduanera, y se continuará colaborando y apoyando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La novedosa figura de la EPPO (European Public Prosecutor Office – Oficina de la Fiscalía Europea) en España ha permitido ya abrir un cierto número de investigaciones por medio de esta novedosa modalidad de instrucción no judicial de casos, para la cual el auxilio de la Agencia Tributaria se ha prestado desde el primer día.
La detección de la defraudación por medio de técnicas de anticipación que permiten conocer en tiempo real los movimientos de las organizaciones criminales, para detener la defraudación tan pronto comience. En este sentido y para 2024, la completa implantación del Registro de Extractores de Depósito Fiscal, exigirá del máximo rigor de la Agencia Tributaria en orden a evitar que operadores previamente involucrados en este fraude, de forma directa o indirecta, accedan a este registro de operadores de confianza o utilicen indebidamente depósitos fiscales que no cumplan la normativa. La colaboración entre los servicios de Aduanas, Gestión Tributaria e Inspección Financiera y Tributaria hace posible este pleno despliegue de efectos del Registro, del que se espera detenga el fraude millonario al IVA en el sector.
Se realizarán actuaciones de control dirigidas a verificar que, tras una solicitud de devolución del IVA por la construcción o adquisición de bienes de inversión, no se produce un cambio de afectación o destino del bien que determine la improcedencia de la deducción aplicada o deba ser objeto el bien de inversión de regularización. Igualmente, se realizarán actuaciones para corregir las situaciones en las que en la adquisición o construcción de bienes de inversión se interponen sociedades con el único propósito de lograr la plena deducción de las cuotas soportadas cuando el usuario efectivo de los bienes no habría tenido en cambio derecho a su deducción plena.
Finalmente, la Agencia Tributaria realiza actuaciones de comprobación e investigación dirigidas al control del abuso en la utilización del tipo reducido de IVA en las prestaciones de servicios que conllevan una aportación relevante de suministros por parte de quien ejecuta dichos servicios.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!