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Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes

¿Cuáles son las características básicas del gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes?

Gravamen especial bienes inmuebles de entidades no-residentes en España

Exclusivamente las entidades residentes en un país o territorio que tenga la consideración de paraíso fiscal que sean propietarias o posean en España bienes inmuebles están sujetas al Impuesto sobre la Renta de no Residentes mediante un gravamen especial que se devenga el 31 de diciembre de cada año y deberá ingresarse en el mes de enero siguiente.

La base imponible está constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles y el tipo de gravamen es del 3%.