Hacienda ha iniciado la comprobación de contribuyentes que abrieron cuentas vivienda durante 2004, 2005 y 2006, en pleno boom inmobiliario.
Las cuentas vivienda fueron un incentivo fiscal que estuvo vigente en España hasta 2013. Permitió a los contribuyentes abrir una cuenta en el banco con la finalidad de ahorrar para adquirir una casa. Las aportaciones realizadas tenían derecho a una deducción del 15% en el IRPF con la condición de que compraran la que sería su residencia habitual durante los cuatro años siguientes a la apertura del depósito. Si cancelaban dicho depósito, utilizaban el dinero para otro fin o no adquirían finalmente la casa, debían devolver el importe deducido con intereses de demora en la siguiente declaración de la renta.
Fuentes de los despachos fiscales informan de que Hacienda está realizando comprobaciones del ejercicio 2010 e incluyen en él a contribuyentes que abrieron una cuenta vivienda en 2004 o 2005 y, por lo tanto, en caso de incumplir la normativa debían haber devuelto el dinero en la declaración del IRPF de 2008 o 2009, ejercicios ya prescritos. Sin embargo, en este punto entra en juego el real decreto que aprobó en 2008 el anterior Gobierno. La normativa permitió que los contribuyentes que, por ejemplo, tenían como fecha tope para adquirir una vivienda el año 2008 o 2009 vieran ampliado su plazo hasta el 31 de diciembre de 2010. Y si en esa fecha no compraron su casa, debían notificarlo y devolver las ayudas en la declaración del IRPF de 2010, cuyo plazo de prescripción finaliza el próximo 30 de junio. Es decir, en pocos meses se agota el período para que Hacienda autoliquide cuentas abiertas en 2004, 2005 y 2006, que fueron los años en los que este tipo de productos estaba en su apogeo. Más de 280.000 contribuyentes realizaron aportaciones a una cuenta vivienda en 2004.
HEl Instituto Nacional de Estadística ha explicado en una nota que un "motivo de peso para acabar en el paro fue el despido o supresión del puesto, que afectó al 17,0% de los desempleados con experiencia laboral previa en 2014 (frente al 20,1% en 2013)".
En valores absolutos, los desempleados procedentes de despido o supresión del puesto disminuyeron hasta 864.300 desde los 1.109.300 del año anterior. Es decir, en 2014 se registraron 245.000 despidos menos que un año antes.
De hecho, el principal motivo para acabar en el desempleo fue la finalización de contratro, que afectó a 2.424.600 parados con empleo anterior (el 47,6% del total) frente a 2.711.100 de 2013 (el 49,1%)..
El contribuyente podrá domiciliar el pago de la deuda en la entidad de crédito colaboradora sita en territorio español en la que tenga a su nombre una cuenta a la que domiciliar el pago.
Es necesario puntualizar que la domiciliación sólo será posible con respecto a aquellas declaraciones presentadas y borradores confirmados por medios electrónicos, vía Internet o por teléfono, o a través de los servicios de ayuda prestados en las correspondientes oficinas tributarias.
Si el contribuyente opta por el fraccionamiento del pago del Impuesto y por la domiciliación, los dos pagos deberán efectuarse en la misma entidad y cuenta. Si el contribuyente sólo quiere domiciliar el primer pago, el segundo se deberá ingresar por vía electrónica o directamente en cualquier oficina de una entidad colaboradora situada en territorio español, mediante el modelo 102, hasta el 5 de noviembre de 2015, inclusive.
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